Los proyectos financiados con recursos del Seguro Social de la Ley N°16.744 tienen como objetivo generar conocimiento científico y soluciones innovadoras que contribuyan, en primer lugar, a la seguridad y salud en el trabajo, incluyendo su promoción y la prevención de los accidentes del trabajo y las enfermedades profesionales; en segundo lugar, a mejorar la calidad, eficiencia y oportunidad de las prestaciones médicas y económicas, incluyendo la rehabilitación y el reintegro laboral que contempla la Ley N°16.744; así como los efectos sociales y económicos relacionados con la incapacidad permanente.
El monto máximo de financiamiento por proyecto de investigación, por cada organismo administrador, será de hasta 1.300 UTM.
Podrán postular personas naturales o personas jurídicas con o sin fines de lucro. En el caso que la postulación la efectúe una persona jurídica.
Los proyectos deberán contar con un equipo de trabajo de investigadores(as) o innovadores(as), según corresponda. Dicho equipo deberá estar conformado por, a lo menos, un encargado(a) principal y un encargado(a) alterno(a) del proyecto.